martes, junio 15, 2004

Grilla o legalidad

(2004-06-15)

Como lo comentamos aquí en días pasados, la decisión de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal del pasado lunes 7, referente al rebase del tope de gastos de campaña del panista y ahora delegado en Miguel Hidalgo, Fernando Aboitiz Saro, sienta un mal precedente. Esta dependencia "concluyó" que no era Aboitiz quien rebasó los topes de campaña en el proceso electoral de 2003, sino el Partido Acción Nacional.
El mensaje enviado es que no importa violentar las normas y degradar a las instituciones si de por medio existe un factor de negociación. Literalmente, la procuración de justicia se ha convertido en "grillar a la justicia"; es obvio que la Procuraduría de Bernardo Bátiz sienta un precedente para futuros casos donde se vean involucrados funcionarios perredistas, situación no muy lejana si consideramos el financiamiento supuestamente ilícito del cual se benefició este partido en el pasado proceso comicial.
Sin embargo, el panorama no es tan desalentador, puesto que por el otro lado el mensaje de la procuraduría fue que el responsable era el PAN. Si consideramos que este asunto todavía no es resuelto en el Tribunal Electoral del Distrito Federal, podremos abrigar esperanzas de que en verdad este lamentable asunto sea de verdad resuelto con independencia y apego a la legalidad.
Ubiquémonos en el tema. En los meses de agosto y septiembre de 2003 –justo cuando concluía el proceso electoral– el Instituto Electoral local había confirmado después de una investigación exhaustiva que el ahora funcionario sobrepasó el tope de gastos de campaña fijado para esa demarcación.
En consecuencia, el Tribunal Electoral local después de analizar la legalidad de lo actuado por el IEDF, decretó la nulidad de la elección e inclusive ordenó la realización de un proceso extraordinario, inhabilitando al Partido y al candidato, conforme lo dispone el Código Electoral local. No obstante, esta determinación fue impugnada ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que sorpresivamente, y bajo el argumento de que el segundo lugar también había hecho trampa, rebasando el tope, determinó revocar la resolución del TEDF.
Así pues, una de las consecuencias legales de la determinación del Tribunal Federal fue que se realizó la investigación tan sólo para sancionar económicamente al partido –por rebasar los topes– y en febrero de este año el Consejo General del IEDF le impuso una multa de cuatro millones y medio.
Esta sanción hoy se encuentra nuevamente impugnada ante el Tribunal Electoral del DF, de ahí que no parezca tan desalentador el panorama, porque si para la procuraduría y, en cierta forma, para el Tribunal Federal Electoral hubo una violación grave a las normas electorales que no puede ser imputada al entonces candidato, lo obvio es que el PAN asuma esta infracción con todas sus consecuencias.
Es decir, si para el presente año el PAN recibirá por concepto de actividades ordinarias locales una cantidad cercana a los 55 millones, resulta que la sanción impuesta por el IEDF equivale apenas a un 8%. Resultaría, pues, de suma importancia que el Tribunal Electoral local considerara si esta multa es la que corresponde a un actuar ilegal que ha puesto en riesgo uno de los instrumentos fundamentales con que cuenta el ciudadano: el voto.
Tal vez un referente ilustrador es la determinación inédita del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que decidió incrementar la multa al PAN por el financiamiento paralelo que utilizó durante la campaña de 2000 para favorecer a su candidato a la Presidencia de la República, Vicente Fox Quesada, suprimiéndole el cien por ciento de las ministraciones que por financiamiento público le correspondieron para gastos de campaña en la época que cometió la infracción.
En fin, todo aquello fue grilla. Y por el otro lado, ¿cuál es la legalidad que defiende la PGJDF?
renatoconsuegra@yhoo.com.mx

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